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Licencia Sanitaria para Fuentes de Radiación Médica — Nuevo León

Licencia Sanitaria para Fuentes de Radiación Médica en Nuevo León: clínica aprobada desde la primera solicitud

Gestionamos la Licencia Sanitaria para establecimientos que utilizan fuentes de radiación para fines médicos o de diagnóstico: rayos X, mastógrafos, tomografía, fluoroscopía y más. Sin trámites incompletos. Sin retrasos innecesarios.

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Tiempo estimado
6 a 10 semanas según complejidad
Cobertura
Monterrey, San Nicolás de los Garza, Guadalupe
Trámites aprobados en Nuevo León
0+ casos exitosos

¿Por qué gestionar con MYCAV en Nuevo León?

El Licencia Sanitaria para Fuentes de Radiación Médica es el primer paso regulatorio para operar una clínica en Nuevo León. Sin este permiso, ninguna obra puede iniciar ni ninguna licencia puede obtenerse.

MYCAV gestiona el trámite completo ante COFEPRIS Nuevo León: programa médico-arquitectónico, memoria descriptiva, validación de planos y seguimiento hasta la aprobación. Expedientes bien integrados desde el primer intento.

¿Qué es esta licencia y cuándo la necesitas?

Con fundamento en los artículos 198, 315, 369, 370 y 371 de la Ley General de Salud, todo establecimiento que utilice fuentes de radiación para fines médicos o de diagnóstico debe contar con una Licencia Sanitaria antes de iniciar operaciones.

Esta licencia aplica cuando el establecimiento cuenta con alguno de los siguientes equipos:

  • Radiografía convencional — equipos de rayos X para diagnóstico médico
  • Mastógrafos — detección temprana de cáncer de mama
  • Fluoroscopía — imagen médica en tiempo real
  • Tomografía computarizada (CT)
  • Panorámica dental — radiografía para odontología
  • Medicina nuclear — materiales radiactivos para diagnóstico y tratamiento
  • Radioterapia — radiación para tratamiento oncológico

Datos del trámite

ConceptoDetalle
HomoclaveCOFEPRIS-05-024-A
TipoLicencia Sanitaria
DependenciaCOFEPRIS
VigenciaNo aplica
Quién puede solicitarloInteresado, Representante Legal o Propietario

Nuestro proceso de gestión

1. Diagnóstico del establecimiento

Identificamos el tipo de equipo de radiación, la modalidad de uso y las condiciones actuales de las instalaciones para determinar exactamente qué documentos y medidas de blindaje se requieren.

2. Memoria analítica de blindajes

Para equipos fijos, elaboramos la memoria analítica de blindajes y realizamos el levantamiento de niveles de radiación en cada sala, documento técnico clave para la aprobación del trámite.

3. Integración de manuales técnicos

Redactamos y validamos los tres documentos obligatorios según la NOM-229-SSA1-2002:

  • Manual de Seguridad y Protección Radiológica — medidas de seguridad en el uso de fuentes de radiación.
  • Manual de Procedimientos Técnicos — procedimientos relacionados con el uso de radiación.
  • Programa de Garantía de Calidad — cumplimiento de estándares de calidad en equipos y procedimientos.

4. Responsable de operación y funcionamiento

Gestionamos o verificamos el permiso del responsable de operación y funcionamiento, requisito previo indispensable cuya copia debe acompañar al expediente de la licencia.

5. Presentación ante COFEPRIS

Presentamos el expediente completo ante la Subdirección Ejecutiva de Autorizaciones en Servicios de Salud y realizamos el seguimiento hasta obtener la resolución favorable.

El trámite cumple con lo establecido en la NOM-229-SSA1-2002, vigente a partir del 24 de marzo de 2017, y en los artículos 198 fracciones IV y V, 315 fracciones I al IV, y 369 al 371 de la Ley General de Salud.

¿Listo para iniciar tu trámite en Nuevo León?

100% cumplimiento normativo. Gestionamos todo hasta la aprobación.