Licencia Sanitaria para Banco de Sangre y Transfusión Sanguínea en Campeche: clínica aprobada desde la primera solicitud
Gestionamos la Licencia Sanitaria para establecimientos con Banco de Sangre o Servicios de Transfusión Sanguínea ante COFEPRIS, cumpliendo con todos los requisitos de la Ley General de Salud. Sin trámites incompletos. Sin retrasos innecesarios.
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El Licencia Sanitaria para Banco de Sangre y Transfusión Sanguínea es el primer paso regulatorio para operar una clínica en Campeche. Sin este permiso, ninguna obra puede iniciar ni ninguna licencia puede obtenerse.
MYCAV gestiona el trámite completo ante COFEPRIS Campeche: programa médico-arquitectónico, memoria descriptiva, validación de planos y seguimiento hasta la aprobación. Expedientes bien integrados desde el primer intento.
¿Qué es esta licencia y cuándo la necesitas?
Con fundamento en los artículos 198, 315, 369, 370 y 371 de la Ley General de Salud, todo establecimiento que ofrezca servicios de Banco de Sangre o Transfusión Sanguínea debe contar con una Licencia Sanitaria antes de iniciar operaciones.
Esta licencia aplica para dos tipos de establecimientos:
- Bancos de sangre — con o sin disposición de células progenitoras hematopoyéticas.
- Servicios de transfusión sanguínea — incluyendo servicios de transfusión hospitalarios.
Nota importante: Si el banco de sangre es intrahospitalario y pertenece al mismo propietario del establecimiento de salud, no se requiere tramitar la Licencia Sanitaria para Servicio de Transfusión Hospitalario (homoclave COFEPRIS-09-025-E).
Datos del trámite
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Homoclave | COFEPRIS-09-025-A |
| Tipo | Licencia Sanitaria |
| Dependencia | COFEPRIS |
| Vigencia | 5 años |
| Quién puede solicitarlo | Interesado o Representante Legal |
Nuestro proceso de gestión
1. Diagnóstico y revisión documental
Analizamos la situación actual del establecimiento y revisamos si cuenta con la documentación base requerida: acta constitutiva, RFC, planos y nombramientos del responsable sanitario.
2. Integración del expediente técnico
Preparamos y validamos todos los documentos obligatorios: el Manual de Procedimientos, el listado de equipamiento, el programa de capacitación del personal y el formato oficial de solicitud correctamente llenado.
3. Aviso de Responsable Sanitario
Gestionamos o verificamos el Aviso de Responsable Sanitario (COFEPRIS-05-092 o COFEPRIS-05-099), requisito previo indispensable para poder presentar la solicitud de licencia.
4. Presentación ante COFEPRIS
Presentamos el expediente completo ante la Subdirección Ejecutiva de Autorizaciones en Servicios de Salud y damos seguimiento directo al proceso hasta obtener la resolución favorable.
5. Entrega de la licencia
Te entregamos la Licencia Sanitaria aprobada con una vigencia de 5 años, lista para que tu establecimiento inicie operaciones conforme a la normativa sanitaria vigente.
Base legal
La licencia se fundamenta en los artículos 198 fracciones IV y V, 315 fracciones I al IV, y 369 al 371 de la Ley General de Salud, así como en las disposiciones técnicas y administrativas emitidas por COFEPRIS para establecimientos con servicios de sangre.
¿Listo para iniciar tu trámite en Campeche?
100% cumplimiento normativo. Gestionamos todo hasta la aprobación.